Caso Granier y otros (Radio Caracas Televisión) vs. Venezuela
Sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos / De Wikipedia, la enciclopedia encyclopedia
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El caso Granier y otros (Radio Caracas Televisión) vs. Venezuela, también conocido como el caso de RCTV ante la CIDH, fue una decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, a la cual fue emitida como pronunciamiento su sentencia el 22 de junio de 2015, en la que se declaró responsable a la República Bolivariana de Venezuela por la violación a ciertos derechos, entre ellos la libertad de expresión y discriminación, como fue el caso de RCTV consecuencia al cierre del canal de televisión conocido como RCTV (Radio Caracas Televisión) ocurrido el 27 de mayo de 2007, a raíz de que el Estado decidiera no renovarle la concesión del espectro eléctrico que había sido asignado a RCTV desde su fundación, así como tampoco permitirle la participación administrativa a este medio que expresaba críticas al gobierno. Con respecto a esto, la Corte declaró una violación a los derechos de libertad de expresión y a su vez la violación a los derechos de libertad de expresión en relación con el deber de no discriminación. Por último, el Tribunal encontró violados los derechos a un debido proceso, al plazo razonable y a ser oídos.
Granier y otros (Radio Caracas Televisión) vs. Venezuela | ||
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Logo de RCTV. | ||
Tribunal | Corte Interamericana de Derechos Humanos | |
Caso | Granier y otros (Radio Caracas Televisión) vs. Venezuela | |
Fecha | 22 de junio de 2015 | |
Sentencia | A favor de RCTV | |
Transcripción | Sentencia | |
Palabras clave | ||
Libertad de expresión | ||