Hola Shadow, la ley establece que es el distrito (ni yo sé por qué no es la ciudad) es la cabecera de la provincia, realmente la ley tiene inconsistencias pero es lo que dice. Sobre el escudo más abajo habla que eventualmente se anunciará el nuevo diseño del escudo y los mapas, pero obviamente todo debe pasar por un proceso burocrático (sí, en Panamá tenemos leyes complicadas, confusas e incompletas). Saludos. Taichi 〒 01:22 2 ene 2014 (UTC)
- Paréntesis
- Revisando la irregular geografía de la comarca Ngäbe he descubierto que hay un error en la zona de los enclaves: revisando aquí (Contraloría de la República de Panamá) se ve que Müna tiene dos enclaves y Ñürüm tiene cuatro; es decir, no coinciden tres enclaves viendo estos mapas: Imagen:Panama - Ngobe Bugle - Nurum.svg, Imagen:Panama - Ngobe Bugle - Muna.svg. No estaba enterado y ciertamente sólo revisando la fuente uno se da cuenta que los enclaves tienen nombre:
- Corregimiento de Bakama (son los dos enclaves que están dentro del distrito de Tolé), correcto;
- Corregimiento de El Piro (en realidad es un enclave del distrito de Ñurum, a pesar que está unido con el resto de la comarca por el corregimiento de Nibra en el distrito de Muna), por corregir;
- Corregimiento de Cerro Pelado (es un enclave perteneciente al distrito de Ñurum, no de Muna), por corregir;
- Corregimiento de Alto de Jesús (hay que revisar si realmente es un enclave, en el PPT parece que sí, pero en el mapa SVG parece conectado con el corregimiento de Nibra; pero es perteneciente al distrito de Ñurum, no de Muna), por corregir;
- Corregimiento de El Bale (es el enclave al sur de Ñurum), correcto.
- De momento sería todo. Un saludo. Taichi 〒 06:21 2 ene 2014 (UTC)
Escudo de Veraguas
Hola, espero que te encuentres bien. Me has hecho zambullir en documentos legales, que me dejan a la vez perplejo; y es que el caso de esa isla pues legalmente pareciera incierta:
- El Instituto Nacional de Censos no tiene claro dónde clasificar a la isla, ya que si bien la muestra dentro de la comarca, cuando entramos al detalle del mapa del distrito de Kusapín, pone a la isla como en un estatus difuso, y la isla no parece pertenecer a algún corregimiento del distrito (la isla está casi deshabitada y no es un corregimiento propio por lo que he revisado).
- Ahora bien, según la ley 10 de 1997 que crea la comarca, sólo hay una mención de la isla, en el artículo 58: La Isla Escudo de Veraguas, por ser patrimonio histórico de la República de Panamá, no podrá ser objeto de apropiación privada. Sin embargo, en el extenso artículo 2 de la ley que traza las lineas comarcales no hay mención de la inclusión de la isla a la comarca y en la página 155 de la Gaceta 23242 hay un anexo con el mapa de la comarca con la propuesta indígena, pero no aparece resaltado en línea gruesa la isla.
- La Gaceta 26230 del 27 de febrero de 2009 emitió una resolución ambiental por el cual se nombra a la isla como zona protegida, menciona lo siguiente:
- Que la isla Escudo de Veraguas es una isla pequeña ubicada en la provincia de Bocas del Toro y cuenta con una superficie insular de 533 hectáreas aproximadamente, circundada por aguas profundas que han acentuado el efecto de aislamiento.
- Artículo 1: Declarar como área protegida, el globo marino e insular ubicado en la provincia de Bocas del Toro que comprende la isla Escudo de Veraguas y una porción del Golfo de los Mosquitos del distrito de Bocas del Toro, provincia de Bocas del Toro, la cual se denominará Paisaje Protegido Isla Escudo de Veraguas-Degó.
- Artículo 4: Establecer como límites del Paisaje Protegido Isla Escudo de Veraguas-Degó, el globo marino e insular ubicado en la provincia de Bocas del Toro que comprende la isla Escudo de Veraguas y una porción del Golfo de los Mosquitos del distrito de Bocas del Toro, provincia de Bocas del Toro, el cual tiene una extensión de cuarenta y dos mil ciento veintinueve hectáreas (42,129 ha), de las cuales cuarenta y un mil quinientos noventa y seis hectáreas (41, 596 ha) corresponden a la superficie marina del área protegida y quinientas treinta y tres hectáreas (533 ha) corresponden a la superficie terrestre de la isla Escudo de Veraguas, comprendidas entre los siguientes límites:
- Inicia en el Punto uno, con coordenadas UTM 429999,99 y 100999,00 en un punto en el mar al noroeste del Escudo de Veraguas. Desde el Punto uno, se prosigue con rumbo este hasta el Punto dos, con coordenadas UTM 444999,99 y 1009000,00 que es un punto en el mar y es el punto más al norte de la Isla Escudo de Veraguas. Desde el Punto dos se sigue una línea recta con rumbo sur hasta el Punto tres, con coordenadas UTM 444999,99 y 1000000,00 más al suroeste del Escudo de Veraguas. Desde el Punto tres se toma un rumbo suroeste hasta el Punto cuatro con coordenadas UTM 441999,99 y 990000,00, ubicadas en el mar y más al sur del Escudo de Veraguas. Desde el Punto cuatro, se toma un rumbo suroeste hasta llegar al Punto cinco en tierra firme en el margen derecho de la desembocadura del Río Chiriquí colindando con el humedal Damani Guariviara con coordenadas UTM 437024,57 y 978050,57. Del Punto cinco se toma una dirección suroeste hasta llegar al Punto seis límite del Humedal Damani Guariviara con coordenadas UTM 437025,05 y 978046,24. Luego sigue la línea costera con rumbo noroeste de la playa Chiriquí hasta el Punto siete específicamente en la desembocadura del Río Cañaveral con coordenadas UTM 421649,34 y 996074,06 (este límite debe coincidir con el límite del HII Damani). Desde el Punto siete se toma un rumbo noreste hasta el Punto ocho ubicado en el mar con coordenadas UTM 429999,99 y 1000000,00 y es el punto más al suroeste de Escudo de Veraguas. Desde el Punto ocho, se toma una dirección norte hasta el Punto uno, sitio donde se cierra el polígono y sitio de partida de este límite.
- Sin embargo, una resolución posterior emitida en la Gaceta 26311 del 25 de junio de 2009, traspasa la administración de la zona protegida a la dirección ambiental comarcal, aduciendo que "durante el estudio realizado para la declaratoria del área protegida denominada Paisaje Protegido Isla Escudo de Veraguas-Degó se arrojó que dicha isla permanece la mayor parte del tiempo deshabitada, sin embargo es utilizada por poblaciones indígenas del área Ño Kribo, de la Comarca Ngöbe Buglé."
- También existe un anteproyecto de ley presentado en septiembre de 2013 por un diputado comarcal que quiere modificar el artículo 58 que crea la comarca:
- Artículo 3: La ley #10 queda así:
- Artículo 58: La isla Escudo de Veraguas, constituye patrimonio de la Comarca Ngobe-Buglé, y por consiguientes, sujetos para las actividades turísticas de la población Ngobe-Buglé, de conformidad con los que dispone la ley #11 de 2012.
- El motivo por el cual el diputado indígena quería presentar la modificación surgió luego que se destapara una polémica donde un político costarricense estaba promocionando un hotel de 7 estrellas en la zona protegida.
En resumen, las leyes parecen indicar que Escudo de Veraguas pertenece a Bocas del Toro, hay documentos que muestran la isla como parte de Bocas y mapas que no muestran a Escudo de Veraguas como parte de la comarca, empero podría cambiar las cosas en el futuro ya que la administración ambiental de la zona está a manos de la comarca. Hasta que haya una ley más clara y diga que la isla pertenece a la comarca, Escudo de Veraguas es bocatoreña. Espero que te haya ayudado toda esta recopilación. Saludos. Taichi 〒 03:38 3 ene 2014 (UTC)