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Anexo:Organizaciones terroristas extranjeras según el Departamento de Estado de los Estados Unidos

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La Lista de organizaciones terroristas extranjeras del Departamento de Estado de los Estados Unidos (FTO por sus siglas en inglés) es una lista de organizaciones no estadounidenses que son designadas como terroristas por la Secretaría de Estado de acuerdo con la sección 219 del Acta de Inmigración y Nacionalidad (INA por sus siglas en inglés) de los Estados Unidos. El gobierno de los Estados Unidos cree que las designaciones en esa lista juegan un importante rol en su lucha contra el terrorismo y es un medio efectivo para descubrir y cortar el apoyo a actividades terroristas y otros grupos de presión.

A inicios del 2006, la mayoría (27%) de las organizaciones de la lista eran grupos islámicos en el Medio Oriente, seguida por los grupos comunistas. La mayoría de los demás son organizaciones nacionalistas o separatistas. Las excepciones a ello incluyen al grupo japonés Aum Shinrikyo, y el grupo derechista colombiano Autodefensas Unidas de Colombia.

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Identificación

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Contexto

La Oficina del Coordinador para Contraterrorismo en el Departamento de Estado continuamente monitorea las actividades de grupos activos alrededor del mundo que son considerados potencialmente terroristas para identificar posibles candidatos a la designación. Al revisar a los posibles candidatos, la Oficina no sólo toma en cuenta los actuales ataques terroristas que un grupo ha llevado a cabo sino también si este grupo está inmerson en planeamientos o preparativos para posibles actos de terrorismo o adquiere la capacidad y la intención de llevar a cabo dichos actos.

Una vez que un grupo es identificado, la oficina prepara un informe administrativo que incluye tanto información clasificada como pública, que demuestra que el criterio para la designación ha sido correcto. Si el Secretario de Estado, en consulta con el Fiscal de la Nación y el Secretario del Tesoro, decide hacer la designación, el Congreso es notificado y luego de siete días para que revisen el expediente como señala la INA. Luego de ese plazo, se publica la designación en el Registro Federal, a partir de lo cual la designación surte efecto. Una organización designada como una "Organización Terrorista" puede solicitar la revisión judicial de la designación en la Corte de Apelación del Distrito de Columbia dentro de los 30 días luego de la publicación.

Las designaciones como "Organización Terrorista" expiran automáticamente luego de dos años, pero el Secretario de Estado puede redesignar una organización por períodos adicionales de dos años, mientras encuentre que los criterios siguen existiendo. El mismo procedimiento para la designación se aplica también a cualquier redesignación de la misma organización. El Secretario de Estado puede revocar una designación o redesignación si es que ésta ha cambiado sus métodos de manera que justifique dicha revocación o si la seguridad nacional de los Estados Unidos garantizan una revocación. Para las revocaciones se aplica el mismo procedimiento. Una designación también puede ser revocada por una Acta del Congreso o ser dejada de lado por una orden de la corte.

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Criterios legales para la designación

  • La organización debe realizar actividad terrorista, tal como está definida en la sección 212 (a)(3)(B) de la INA (8 U.S.C. § 1182(a)(3)(B)),* o terrorismo, como lo define la sección 140(d)(2) del Acta de Autorización de Relaciones Extranjeras (Foreign Relations Authorization Act), años fiscales 1988 y 1989 (22 U.S.C. § 2656f(d)(2)),** o tener la capacidad y la intención de llevar adelante actividad terrorista o terrorismo.
  • La actividad terrorista o terrorismo de la organización debe amenazar la seguridad de nacionales estadounidenses o la seguridad nacional (defensa nacional, relaciones exteriores, o intereses económicos) de los Estados Unidos.
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Ramificaciones legales de la designación

  • Es ilegal para una persona en los Estados Unidos o sujeta a la jurisdicción de los Estados Unidos proveer a sabiendas "soporte material o recursos" a una FTO debidamente designada. (El término "soporte material o recursos" se define en 18 U.S.C. § 2339A(b) como "dinero o instrumentos financieros monetarios o garantías, servicios financieros, entrenamiento, asesoría profesional o asistencia, cajas fuertes, documentación slata, equipo de comunicaciones, armas, sustancias letales, explosivos, personal, transporte y otros usos físicos con excepción de medicinas o materiales religiosos).
  • Los representantes y los miembros de una FTO debidamente designada, si son extranjeros, no pueden ser admitidos a los Estados Unidos y, en algunas circunstancias, son extraditables (según 8 U.S.C. §§ 1182 (a)(3)(B)(i)(IV)-(V), 1227 (a)(1)(A)).
  • Cualquier institución financiera estadounidense que toma conocimiento que tiene posesión o control sobre fodos en la que una FTO o su agente tiene interés debe retener dicha posesión y control sobre los fondos y reportarlos a la Oficina de control de asuntos exteriores del Departamento del Tesoro.

Otros efectos de la designación

El Departamento de Estado de los Estados Unidos establece los siguientes puntos como efectos beneficios de la designación:

  • "Apoya nuestros esfuerzos para cortar el financiamiento al terrorismo y para animár a otras naciones a hacer lo mismo".
  • "Estigmatiza y aísla internacionalmente a las organizaciones terroristas designadas".
  • "Detiene las donaciones o contribuciones así como las transacciones económicas con dichas organizaciones".
  • "Aumenta el conocimiento y la alerta pública respecto a las organizaciones terroristas".
  • "Avisa a otros gobiernos nuestro interés acerca de las mencionadas organizaciones".
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Lista de las organizaciones terroristas extranjeras designadas por Estados Unidos

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Contexto

Lista actualizada al 17 de noviembre de 2019:

Globales

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Norte y Centroamérica

El 20 de enero de 2025 el presidente Trump firmó EEUU Orden Ejecutiva 14157 (s:en:Executive Order 14157): Designación de cárteles y otras organizaciones como organizaciones terroristas extranjeras y terroristas globales especialmente designados. Trump también prometió que realizará deportaciones masivas y ha amenazado con una intervención militar en México para combatir a los cárteles.[1]


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Sudamérica

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Europa

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África

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Organizaciones retiradas de la lista


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Véase también

Referencias

Enlaces externos

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