Ley Orgánica de protección de la seguridad ciudadana (2015)
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La Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana,[1] conocida popularmente como Ley Mordaza,[2][3] es una ley orgánica española. Entró en vigor el 1 de julio de 2015, en sustitución de la anterior Ley Orgánica sobre protección de la seguridad ciudadana (1992).
Ley Orgánica de protección de la seguridad ciudadana | ||
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Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana | ||
Extensión teritorial | España España | |
Legislado por | Cortes Generales | |
Referencia del diario oficial | BOE-A-2015-3442 | |
Historia | ||
Publicación | 31 de marzo de 2015 | |
Entrada en vigor | 1 de julio de 2015 | |
Legislación relacionada | ||
Reemplaza | Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana | |
Legislación vigente | ||
Esta ley forma parte de la revisión de la justicia penal española desde la reforma del Código Penal del año 1995 y su desarrollo, aprobación y entrada en vigor ha estado rodeada de fuertes polémicas, incluso a nivel internacional. En este sentido, un editorial del New York Times (NYT) instó a la Comisión Europea a apresurarse a condenar la nueva ley, citando al relator de las Naciones Unidas, Maina Kiai, quien también instó a los legisladores españoles a derogar la ley. El NYT afirmó que «esta ley trae recuerdos de los peores días del régimen de Franco y no procede en una nación democrática».[4] En un artículo posterior, el NYT reflejó las opiniones al respecto tanto de Amnesty International[5] como a Human Rights Watch, que considera que la ley supone una «amenaza directa a los derechos de reunión pacífica y la libertad de expresión en España»[5] y cita al portavoz del Sindicato Unificado de Policía, que también ha manifestado su preocupación respecto a algunos aspectos de la ley, entre otros, la falta del «necesario consenso político y social».[5]
Otros medios internacionales, como The Guardian,[6] recogen las preocupaciones expresadas por el International Press Institute respecto a las provisiones «desproporcionadas» que «perjudica al pueblo español en su derecho al acceso a la información sobre temas de interés público».[6]